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Caso Dani Alves: ¿Cuál fue la sentencia del futbolista acusado de agresión sexual?

La sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona dictó este jueves la condena del brasileño, quien fue hallado culpable del delito de agresión sexual

Dani Alves.
Dani Alves. Fue sentenciado en Barcelona tras un breve juicio. (Foto: Especial)

Tras una larga espera por la conclusión del mediático caso del futbolista Dani Alves, este jueves por fin la justicia a dictado su sentencia. Luego de un juicio relativamente corto aunque no por eso menos fatídico, la justicia de España ha determinado la penitencia que deberá cumplir el brasileño luego de haber sido hallado culpable de agresión sexual.

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Fue a finales de 2022 que se dio el crimen, en la madrugada del 31 de diciembre, cuando Alves visitó la discoteca Sutton de Barcelona en compañía de un amigo, Bruno Brasil. El defensor conoció a una mujer en la pista de baile y posteriormente cometió el delito en un baño de las instalaciones,  al lado del reservado VIP que Brasil y Alves compartían esa noche.

¿Qué sentencia recibió Dani Alves por su delito de agresión sexual?

La sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona condenó al futbolista a cuatro años y seis meses de prisión tras declararlo culpable. Además, le impuso cinco años de libertad vigilada una vez haya cumplido la pena de prisión, la prohibición de acercarse al domicilio o lugar de trabajo de la víctima a menos de 1.000 metros y a comunicarse con ella durante nueve años y seis meses.

El ex futbolista del Barcelona fue condenado además a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del empleo, cargo público, profesión u oficios relacionados con menores de edad por tiempo de cinco años, a aplicar una vez cumplida también la pena de prisión.

Se le impuso también la indemnización de US$162.883 por el daño moral y lesiones causadas, dos meses de multa con una cuota diaria de US$ 162 por el delito leve de lesiones y el pago de las costas procesales.

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Esta pena, sin embargo, es distinta a la que había solicitado por la Fiscalía, que pedía nueve años de prisión; así como de la acusación particular, que solicitaba el máximo contemplado por ley para una agresión sexual con acceso carnal: 12 años. Eso se debe a que el tribunal consideró el atenuante de la reparación del daño solicitado por su abogada al finalizar el juicio oral al haber depositado el acusado la indemnización de US$162.000 durante la fase de instrucción.

Con esta sentencia, el tribunal considera que ha quedado acreditado que “la víctima no consintió la relación y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para entender probada la violación”.

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